Micelio
Auto15 de julio de 2003

A- de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Manuel Alberto Restrepo Medina

Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Indicación de las razones por las cuales los textos demandados vulneran la Constitución
  • Rechazo por falta de pertinencia y certeza de los cargos
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Recurso De Suplica
  • Cargos contra la expresión acusada
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se revocó el auto dictado el 5 de Junio de 2003 por esta Corte y en su lugar admitir la demanda de inconstitucionalidad formulada contra el Art. 51 (parcial) de la Ley 769 de 2002, “por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”.

La Corte consideró que los dos cargos formulados por violación del principio de buena fe consagrado en el Art. 83 de la Constitución sí son pertinentes y ciertos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. REVOCAR el auto dictado el 5 de Junio de 2003 por la magistrada Clara Ines Vargas Hernandez y en su lugar ADMITIR la demanda de inconstitucionalidad formulada contra el Art. 51 (parcial) de la Ley 769 de 2002, "por la cual se expide el Codigo Nacional de Transito Terrestre y se dictan otras disposiciones".
  2. Comuniquese, copiese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.